Circularon versiones tras la internación de Susana Giménez que podría venir al país. Según el Ministerio de Salud, toda persona que ingrese al territorio nacional, deberá presentar Declaración Jurada Electrónica y no debe tener síntomas. Susana fue internada en el 4° piso del Sanatorio Cantegril de Punta del Este y en el día de hoy dieron un parte médico. "La paciente está bien. Se está haciendo todas las medidas adecuadas. Ingresó estable con todos los parámetros normales y una leve insuficiencia respiratoria. No tiene respiración asistida". dijeron los médicos a la prensa presente.
Susana Giménez rumbo a Punta del Este:
Link oficial del Ministerio de Salud:
1. DECLARACIÓN JURADA ELECTRÓNICA PARA EL INGRESO AL TERRITORIO NACIONAL:
Deberán presentar en forma obligatoria la “Declaración Jurada Electrónica para el ingreso al Territorio Nacional” aprobada por Disposición DNM N° 3025/20, conforme Resolución MINSAL N°1472/20, adaptada a los nuevos requisitos que aquí se prevén, incluyendo el identificar si en los últimos 14 días se visitó algunos de los siguientes países: Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, Australia, Dinamarca, Italia y Holanda:
Todos los viajeros.
Los transportistas y tripulantes internacionales y los nacionales o extranjeros en tránsito hacia otros países con una permanencia menor a 24 horas en aeropuertos nacionales.
La declaración jurada deberá:
ser completada 48 hs antes de iniciar el viaje por ser requisito migratorio
ser exhibida al embarque al operador del medio de trasporte internacional o si viaja por un medio de trasporte propio completarla antes de iniciar el viaje
ser actualizad en papel durante el viaje si se tiene sintomatología pasible de caso sospechoso de COVID -19 a bordo o manifiesten la necesidad de actualizarla (pasajeros que durante el viaje presenten dos o más de los siguientes síntomas: tos, mialgia, dolor de garganta o dolor de cabeza o diarrea y vómitos o al menos uno de los síntomas como fiebre o perdida repentina de gusto u olfato o dificultad grave para respirar).
Asimismo, la tripulación hará llegar a la autoridad sanitaria la actualización o deberá Ud. si viaja por cuenta hacerla saber a la autoridad sanitaria o migratoria del punto de entrada. 2. TODOS LOS VIAJEROS DEBERÁN CUMPLIR CON LA PRUEBA DE DIAGNÓSTICO 72 HORAS PREVIAS AL VIAJE INTERNACIONAL CON RESULTADO NEGATIVO PARA COVID-19 Y ACOMPAÑARLA A LA DECLARACIÓN JURADA ELECTRÓNICA:
Sin excepción: Listado de países que otorgan PCR negativo realizado en las últimas 72hs.
Excepto:
Los transportistas y tripulantes internacionales y los nacionales o extranjeros en tránsito hacia otros países con una permanencia menor a 24 horas en aeropuertos nacionales.
Aquellas personas que hayan tenido Covid-19 en los 90 días previos al ingreso al país, confirmada por laboratorio, acreditando los resultados de las pruebas diagnósticas para SARS-CoV-2 y agregando el alta médica luego de haber pasado más de diez días del diagnóstico.
Solo quienes provengan de los siguientes lugares listados y no pueden obtener la prueba PCR en origen porque la demora del resultado es mayor a 72 Hs. Para ello deben agregar a la DDJJ una nota que justifique la causa de imposibilidad de agregar PCR en origen (demora del laboratorio, falta de laboratorio, entrega de resultado en día hábil, etc.) y el certificado médico que acredite que se encuentra asintomático/a. Finalmente deberá realizar el estudio PCR en destino lo antes posible.
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